El registro público de vehículos
Sabías que en nuestro país, la mayor parte de los delitos cometidos están relacionados de alguna manera con vehículos, y que con el propósito de fortalecer la seguridad pública y jurídica, el gobierno federal creó el REPUVE. En este artículo te contaremos en qué consiste el REPUVE y cómo se realiza su inscripción, aunque si tienes más dudas, puedes visitar nuestro sitio web: www.abogadosenlaciudaddemexico.com
¿Cuál es el objetivo del Registro Público Vehicular?
El Registro Público Vehicular (REPUVE) tiene por objeto la identificación y control vehicular; en la que consten las inscripciones o altas, bajas, emplacamientos, infracciones, pérdidas, robos, recuperaciones y destrucción de los vehículos que se fabrican, ensamblan, importan o circulan en el territorio nacional, así como brindar servicios de información al público.
¿Qué información recauda el Registro Público Vehicular respecto de los vehículos?
El Registro contiene, sobre cada vehículo, la información siguiente:
- El número de identificación vehicular.
- Las características esenciales del vehículo.
- El nombre, denominación o razón social y el domicilio del propietario.
- La que suministren las autoridades federales y las Entidades Federativas, y
- Los avisos que actualicen la información vehicular.
¿Es obligatorio realizar la constancia de inscripción a los vehículos?
Sí, la inscripción de los vehículos en el REPUVE es obligatoria. La inscripción definitiva se realizará una sola vez y será obligatoria por quienes fabriquen o ensamblen vehículos en territorio nacional, destinados al mercado nacional o quienes importen vehículos destinados a permanecer definitivamente en éste. Igualmente realizarán obligatoriamente la inscripción provisional, quienes importen temporalmente vehículos o importen vehículos en franquicia.
¿Qué pasa cuando se efectúa la inscripción en el REPUVE?
La inscripción de un vehículo en el registro presume la existencia del mismo, su pertenencia a la persona que aparece en aquél como propietario, la validez de los actos jurídicos que se relacionan con el mismo y que obran en el registro salvo prueba en contrario.
¿Qué pasa si no se inscribe un vehículo en el Registro Público Vehicular?
El no inscribir el vehículo en el REPUVE te hace acreedor a una multa, por ser considerado como infracción al igual que:
- Efectuar extemporáneamente la inscripción de un vehículo en el Registro, excediendo los plazos señalados en el Reglamento.
- No presentar los avisos correspondientes.
- Hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con la inscripción de vehículos.
- Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceder sin autorización a la información del Registro o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo, y
- Hacer uso de la información, documentos o comprobantes del Registro, para obtener un lucro indebido, directamente o por interpósita persona.
¿Cuál es el monto de la multa por no inscribir los vehículos o efectuar extemporáneamente la inscripción?
De 20 a 50 salarios mínimos, el efectuar extemporáneamente la inscripción de un vehículo en el Registro y de 500 a 1,000 salarios mínimos no realizar la inscripción.
¿Tienes dudas sobre el REPUVE? Tranquilo, en www.abogadosenlaciudaddemexico.com estamos dispuestos a asesorarte.
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