Conflictos colectivos - Derecho laboral

Las Juntas de Conciliación y arbitraje en México son órganos públicos competentes, creados para dirimir las controversias que se presentan entre trabajadores y patrones. Las hay a nivel local (atendiendo a su competencia territorial, dependiendo la entidad federativa) y a nivel federal según sea el caso.
En este artículo te contaremos en qué consisten los conflictos colectivos y sus demandas, aunque si tienes más dudas, puedes contactarnos a través de nuestro sitio web www.abogadosenlaciudaddemexico.com

 

¿Qué son los conflictos colectivos de naturaleza económica?

Los conflictos colectivos de naturaleza económica, son aquellos cuyo planteamiento tiene por objeto la modificación o implantación de nuevas condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones colectivas de trabajo.

¿Cuáles son las partes en un conflicto colectivo?

Los conflictos colectivos de naturaleza económica podrán ser planteados por los sindicatos de trabajadores titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de los trabajadores de una empresa o establecimiento, siempre que se afecte el interés profesional, o por el patrón o patronos, mediante demanda por escrito.

¿Cómo deben actuar las personas que pretendan realizar una demanda colectiva?

La ley establece que siempre que dos o más personas ejerciten la misma acción u opongan la misma excepción en un mismo juicio, deben litigar unidas y con una representación común, salvo que los colitigantes tengan intereses opuestos.
Si se trata de las partes actoras, el nombramiento de representante común deberá hacerse en el escrito de demanda, o en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones y ofrecimiento y admisión de pruebas; si se trata de las demandadas, el nombramiento se hará en el escrito de contestación o en la audiencia a que se ha hecho mención. Si el nombramiento no lo hicieran los interesados dentro de los términos señalados, la Junta de Conciliación y Arbitraje lo hará escogiéndolo de entre los propios interesados.

¿Qué requisitos debe contener dicha demanda colectiva?

  • Nombre y domicilio del que promueve y los documentos que justifiquen su personalidad
  • Exposición de los hechos y causas que dieron origen al conflicto; y
  • Las pretensiones del promovente, expresando claramente lo que se pide.
  • A su vez el promovente, según el caso, deberá acompañar a la demanda lo siguiente:
  • Los documentos públicos o privados que tiendan a comprobar la situación económica de la empresa o establecimiento y la necesidad de las medidas que se solicitan.
  • La relación de los trabajadores que prestan sus servicios en la empresa o establecimiento, indicando sus nombres, apellidos, empleo que desempeñan, salario que perciban y antigüedad en el trabajo.
  • Un dictamen formulado por el perito relativo a la situación económica de la empresa o establecimiento.
  • Las pruebas que juzgue conveniente para acreditar sus pretensiones; y
  • Las copias necesarias de la demanda y sus anexos, para correr traslado a la contraparte.

¿Qué función deben cumplir las juntas ante estos conflictos colectivos?

En la tramitación de los conflictos las Juntas deberán procurar, ante todo, que las partes lleguen a un convenio. A este fin, podrán intentar la conciliación en cualquier estado del procedimiento, siempre que no se haya dictado la resolución que ponga fin al conflic

¿Tienes más dudas sobre los conflictos colectivos? Contáctanos a través de nuestra web www.abogadosenlaciudaddemexico.com y un experto en demandas colectivas te asesorará.

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