Leyes sobre juegos y sorteos

¿Sabías que en todo el territorio nacional están prohibidos los juegos de azar y los juegos con apuestas, salvo aquellos que autoriza la ley?. En este artículo te contaremos sobre los juegos y sorteos, aunque si quieres más asesoría, contáctanos a través de nuestra web.

 

¿Qué juegos de azar se permiten jugar en México?

  • El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes.
  • Los sorteos.
  • Los juegos no señalados se considerarán como prohibidos.

¿Qué disposiciones existen sobre los juegos y sorteos?

  • No podrá establecerse ni funcionar ninguna casa, o lugar abierto o cerrado, en que se practiquen juegos con apuestas ni sorteos, de ninguna clase, sin permiso de la Secretaría de Gobernación.
  • Se clausurará, por la Secretaría de Gobernación, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas y sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan.
  • Ningún lugar en que se practiquen juegos con apuestas o se efectúen sorteos, podrá establecerse cerca de escuelas o centros de trabajo.
  • Entre otros

¿Cuál es la sanción para aquellos que violen la ley?

Quienes violen la ley respecto a los juegos y sorteos, la sanción es prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos, y destitución de empleo en su caso:

  • A los empresarios, gerentes, administradores, encargados y agentes de loterías o sorteos que no cuenten con autorización legal.
  • A los dueños, organizadores, gerentes o administradores de casa o local, abierto o cerrado, en que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, así como a los que participen en la empresa en cualquier forma.
  • A los que, sin autorización de cualquier modo intervengan en la venta o circulación de billetes o participaciones de lotería o juegos con apuestas que se efectúen en el extranjero.
  • A los funcionarios o empleados públicos que autoricen juegos prohibidos, los protejan, o asistan a locales en donde se celebren, siempre que en este último caso no lo hagan en cumplimiento de sus obligaciones.

Por otro lado, se aplicará prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos:

  • A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos sin permiso.
  • A los jugadores y espectadores que asistan a un local en donde se juegue en forma ilícita.

Cabe señalar que aquellos permisionarios, operadores y/o proveedores de este tipo de entretenimiento que cuenten con el debido permiso, deberán hacerlo del conocimiento del Servicio de Administración Tributaria y pagar el impuesto correspondiente.

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